El Boletín Oficial del Estado ha publicado hoy la Orden ICT/209/2022, de 17 de marzo, por la que se efectúa la convocatoria correspondiente al año 2022, y se modifica la Orden ICT/1466/2021, de 23 de diciembre, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de ayudas a actuaciones integrales de la cadena industrial del vehículo eléctrico y conectado dentro del Proyecto Estratégico para la Recuperación y Transformación Económica en el sector del Vehículo Eléctrico y Conectado (PERTE VEC), en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
CONVOCATORIA DE AYUDAS DEL PERTE VEC
“Estamos antes un gran reto, convocatoria ambiciosa en cuanto a objetivos, sprint final que requerirá de un gran esfuerzo de coordinación y compromiso por parte de todos los agentes involucrados, que no son pocos” - Noelia Escobar INCOTEC
Una vez analizado el texto de la convocatoria publicada hoy, destacar 3 puntos:
1. El plazo de presentación comenzará desde el 1 de abril de 2022 y finalizará el 3 de mayo de 2022. La presentación de solicitudes se realizará siguiendo las instrucciones y formularios indicados en la Guía de Solicitud que se encontrará disponible en el Portal de Ayudas y exclusivamente a través de la sede electrónica del Ministerio de Industria, Comercio y Turismo. Nos preocupa nuevamente el plazo disponible para la presentación de unos proyectos de tanta envergadura. Solo un mes, mes y medio si se tiene en cuenta el tiempo desde la publicación, pero con la Semana Santa de por medio. Lejos del compromiso de un mínimo de 60 días de ventanilla abierta.
2. Se modifica la Orden de Bases (Orden ICT/1466/2021, de 23 de diciembre) por lo que respecta al porcentaje de ayuda que se concede de forma directa a PYMES. Ahora queda condicionado a la posterior supervisión de los expedientes durante el proceso de justificación y se calculará mediante la suma de los dos siguientes conceptos:
La ayuda total concedida directamente a las PYMES que, por sí solas, o junto a grandes empresas, pertenezcan a la agrupación que presenta el proyecto tractor, y cuya ejecución se haya certificado en fase de justificación, en función del presupuesto considerado financiable.
La ayuda que beneficie a PYMES que, no incluidas en la agrupación que presenta el proyecto tractor, sean directamente contratadas por las empresas que conforman dicha agrupación para la ejecución de proyectos primarios incluidos en la cadena de valor del vehículo eléctrico y conectado.
El cálculo de la ayuda al que se refiere este concepto se realizará multiplicando el importe contratado con PYMES en cada proyecto primario por la intensidad de ayuda equivalente recibida en dicho proyecto primario. A estos efectos, sólo se tendrán en cuenta los costes que hayan sido certificados en fase de justificación y de acuerdo con el presupuesto financiable establecido en la resolución de concesión de la ayuda.
En el caso en que la fase de justificación se compruebe que el beneficio para las PYMES, determinado según el cálculo reflejado en el artículo 16.5.j), no alcanzara el 30 % del total de la ayuda concedida a un proyecto tractor, se aplicará a las grandes empresas que formen parte de la agrupación, un reintegro en la cuantía correspondiente hasta alcanzar ese umbral del 30 %. Dicho reintegro se aplicará a la ayuda concedida a las grandes empresas en cada uno de los proyectos primarios en los que sea beneficiaria, haya sido ejecutado en solitario o en cooperación con PYMES, aplicando, en cada uno de ellos, el mismo porcentaje de descuento sobre la parte de ayuda correspondiente al importe del proyecto que haya sido realizado por empresas no PYMES, de forma que se alcance el objetivo comprometido, de acuerdo con lo establecido en el artículo 16.5.j).
3. Se establece como presupuesto financiable mínimo del proyecto tractor, 10.000.000 de euros. El presupuesto mínimo de conceptos financiables para cada proyecto primario en función de los bloques se refleja en la siguiente tabla:
Además, entendemos que a pesar de la publicación de la Orden FP/168/2022, de 7 de marzo sobre el registro de PERTES y dado los reducidos plazos que nombramos anteriormente para esta convocatoria, el registro se considerará un requisito a posteriori, tras el cierre de la misma. Esto se realizará una vez que se hayan completado las fases de acreditación e inscripción de los Ministerios competentes, que se indican en dicha orden.
“Esta convocatoria es sobre todo una oportunidad para aquellas entidades que forman parte de la cadena de valor de alguno de los OEMs implantados en España, para poder apoyarlas en la transformación tecnológica e industrial necesaria y continuar atrayendo inversiones a nuestro país. A partir de aquí, seguiremos dando el máximo apoyo a las entidades interesadas para conseguir la publicación de nuevas convocatorias dentro del marco del PERTE VEC que cumplan con todas las expectativas del sector, con el ánimo de que las ayudas puedan llegar a toda la cadena de valor y seguir siendo competitivos” - Cecilia Medina, SERNAUTO.